Amparo laboral en Ciego de Ávila tras rebrote de COVID-19

Desde el 7 de septiembre de 2020, por decisión del Consejo de Defensa Provincial, Ciego de Ávila retrocede en su ofensiva a la pandemia, pues, en menos de 15 días se suman otros 50 casos positivos a aquellos 96, acumulados desde el 24 de marzo hasta el 26 de mayo, lo que se traduce en contabilizar a partir del 26 de agosto (inicio del rebrote en el territorio) casi la mitad de lo reportado en dos meses en la fase epidémica.

Dada esa compleja situación, el municipio cabecera retorna a la fase Uno de la primera etapa de recuperación post COVID-19 y las restantes nueve localidades a la Dos. Diversos organismos, como la Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, reestablecen sus acciones de protección laboral y salarial.

En marzo, protección laboral y salarial en Ciego de Ávila ante COVID-19.

Sin embargo, antes es importante remitirse a lo que informó, sobre la continuación del curso escolar, Bárbara Rodríguez Milián, directora provincial de Educación: “Para preservar la vida de los estudiantes quedan suspendidas las clases a partir de este 7 de septiembre en 75 de los 90 centros educacionales de todas las enseñanzas del municipio cabecera, incluidas las universidades Máximo Gómez y la de Ciencias Médicas.

“Los 15 círculos infantiles que están en la capital avileña continuarán prestando servicios. Desde este 3 de septiembre se suspendió el curso en los cuatro centros del Consejo Popular Orlando González, de Majagua, que está en cuarentena, y se monitoreará la situación en el resto de los municipios.”

Entonces, ¿qué protección salarial reciben las madres, los padres o el familiar que tengan la condición de trabajadores, y estén encargados del cuidado del menor al que se le suspenda la escuela? ¿En todo el territorio avileño ocurre lo mismo?

Marta Isabel Domínguez Allen, subdirectora de Empleo en la Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, explicó a Invasor que, durante la fase Uno en el municipio de Ciego de Ávila, las madres, padres o tutores que se encuentran al cuidado del menor que asiste al círculo infantil o está al resguardo de cuentapropistas en la actividad, reciben el 100 por ciento del salario el primer mes y, de mantenerse la suspensión, el 60.

“Las madres trabajadoras, padres o tutores, con hijos en cualquiera de los 15 círculos infantiles abiertos en el municipio cabecera, deciden si sus menores asisten o no asisten a estas instituciones educacionales, que sí se mantienen laborando. Deben comunicarlo, inmediatamente, al centro escolar y laboral.”

Esta garantía salarial se elimina en los demás municipios avileños (en fase Dos), pues en estos continúan las actividades docentes, con la excepción de cuatro centros en el Consejo Popular Orlando González, de Majagua, que está en cuarentena.

• Lea: Ciego de Ávila vs. COVID-19: cuarentena en Orlando González.

Con respecto a esa zona majagüense, se aplica lo dispuesto para los impedidos de asistir al trabajo por disposición de la autoridad sanitaria estatal, ya que se encuentran en aislamiento preventivo y restricción de movimiento. Todos los trabajadores de allí reciben el 100 por ciento del salario básico durante ese período.

Domínguez Allen informó además que, con el objetivo de proteger la salud de los trabajadores vulnerables, corresponde al empleador, de conjunto con el trabajador, valorar la situación de riesgo y en consecuencia, decidir y aplicar el tratamiento que proceda en cada caso.

Igualmente, en la primera fase se fomenta el trabajo a distancia en todas las actividades que se justifiquen y cuyas condiciones lo permitan. En la segunda, se revisa su implementación y control, a partir de definir los cargos que, por su naturaleza y funciones, pueden utilizarlo.

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Comentarios  
# Lisett 08-09-2020 08:14
Gracias a la periodista por este artículo. Soy una madre en esa situación.W
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