Es probable que anoche, más preocupados por los casos de COVID-19 que saldrían hoy, por el trabajo y el diarismo de comprar víveres, o por el amigo o la hermana que sufre lo peor de la crisis sanitaria en un centro de aislamiento, no prestáramos atención al anuncio de que el reordenamiento de la economía avanza un paso más.
Por más que a las alturas de junio aún el reordenamiento monetario no encuentre los cauces más estables, y que las sanciones económicas a Cuba y la pandemia completen la metáfora del río revuelto, lo que fueron a explicar al espacio televisivo Mesa Redonda el Ministro de Economía y Planificación (MEP), Alejandro Gil, y la viceministra Johana Odriozola, es el “llamar las cosas por su nombre”, que se pedía desde hace tiempo respecto a la economía y las formas de propiedad permitidas en el país.
Si la reunificación monetaria eliminó la dualidad cambiaria que distinguía a formas de gestión no estatales de la estatal, es con la creación de la figura legal de las Micro, Pequeña y Mediana Empresas (MIPYMES) que la legalidad elimina otras distinciones.
Es resultado de cuantos debates sobre el modelo económico cubano han transcurrido en los últimos años, e Invasor se refería al tema en diciembre de 2020 cuando decía: “No se renunciará a que la empresa estatal socialista conviva con la micro, la pequeña y la mediana empresas pensadas para el sector no estatal. Se trata de que funcionen de manera armónica y en similares condiciones que el resto de los actores de la economía (las empresas mixtas, las cooperativas y el trabajo por cuenta propia)”.
En el mencionado espacio, el titular del MEP reconoció la existencia de pequeñas y medianas empresas en Cuba, amparadas hasta hoy bajo la sombrilla del trabajo por cuenta propia, que cobija lo mismo a un vendedor de frituras que a un restaurant para 70 comensales.
El futuro Decreto Ley que regule la creación y el funcionamiento de las MIPYMES deberá entonces estimar el funcionamiento, responsabilidades públicas y atribuciones como persona jurídica que vienen con el “título”.
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En términos generales, se busca que las empresas cuenten con un mayor nivel de autonomía, y que los 120 000 trabajadores contratados en negocios privados tengan iguales prestaciones de la seguridad social que un trabajador estatal.
Sin embargo, el salto conceptual es más empinado: pasar de ser una persona natural, con un trabajo autónomo, a miembro de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, que separa el patrimonio individual del capital aportado a la empresa.
En la práctica, un emprendedor cubano podrá contar, una vez que tenga definida la actividad económica a la que pretende dedicarse, con tres opciones. El trabajo por cuenta propia si se trata de una labor personal, o en la que participará la familia, las MIPYMES si pretende un proyecto mayor, que incluya trabajadores contratados, o la cooperativa no agropecuaria si se desea trabajar bajo los presupuestos de la equidad y la propiedad colectiva.
¿Cuáles son las diferencias entre las cooperativas no agropecuarias y las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES)? Ministerio de Economía y Planificación #Cuba
Posted by Mesa Redonda on Friday, June 18, 2021
Según lo ha dispuesto el citado Ministerio, serán consideradas micro empresas las que involucren de uno a 10 trabajadores, pequeñas las de 11 a 35, y medianas las de 36 a 100.
Con luz larga, no se trata de una “medida” que venga a imponer papeleos innecesarios (de hecho, se pretende crear formularios en soporte digital), sino de una transformación en busca de actores económicos más fuertes, y para que al sector no estatal, tan golpeado económicamente por la pandemia, el futuro le depare menos zozobras.