Se perfecciona contribución a la seguridad social

Que un mayor aporte ahora a la Seguridad Social se revertirá mañana en una pensión superior ha sido carta de presentación de las nuevas modificaciones en las escalas de contribución de los regímenes especiales del sector no estatal, las cuales son efectivas a partir de la implementación de la Tarea Ordenamiento y del Decreto-Ley No.19/2020, el cual regula en estos casos el procedimiento para el cálculo de las pensiones por edad, invalidez total y muerte.

Tomás Companioni Quintero, director provincial de la filial del Instituto Nacional de Seguridad Social (INASS), explicó que los interesados podrán seleccionar una nueva base de contribución de acuerdo con la escala establecida, que incrementó la cuantía de los aportes en cuatro niveles.

“Para quienes se jubilan el próximo año en los regímenes especiales, lo más aconsejable es cambiar la escala, máxime cuando solo contará este lapso en los trámites. Con las modificaciones esta empieza en 350.00 y llega hasta los 4 000.00 pesos, por ejemplo, si selecciono la escala de 4 000.00 pesos garantizo una pensión de 2 400.00 pesos, y si elijo la de 350.00 la pensión será de 1750.00 pesos. Estos cambios se realizarán, también, de modo retroactivo para incluir los meses que han transcurrido de este año”.

La información oportuna se brinda en cada Dirección Municipal de Trabajo y la intención es que los ocho regímenes especiales de la Seguridad Social existentes en el país sean protegidos de forma más eficaz con esta medida, así como con la aprobación de otros decretos-leyes.

Entre las nuevas normativas que han entrado en vigor recientemente con el objetivo de perfeccionar este sistema en el país están el Decreto Ley 27/2020 para atletas activos categorizados y glorias deportivas y el Decreto-Ley No.5/2020 para las Unidades Básicas de Producción Cooperativa.

Este último obliga a la afiliación a este régimen a las personas que no estén sujetas a otro y protege a la familia en caso de enfermedad, maternidad, invalidez total, accidente de origen común o profesional y ante fallecimientos.

Al respecto, Companioni Quintero reconoció que algunos usufructuarios se niegan a contribuir; por eso, en lo adelante, en la Unidad de Base y en la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños recae la responsabilidad de sumar voluntades y capacitar, porque lo estipulado es de obligatorio cumplimiento y pueden existir sanciones.

Lo cierto es que esta realidad no es exclusiva de Ciego de Ávila y así lo reconocía al diario Granma el pasado mes Virginia Marlén García Reyes, directora del INASS en el país, al referirse a la cifra de 8 430 usufructuarios negados a afiliarse, fundamentalmente, en las provincias de Villa Clara, Camagüey, Artemisa y Holguín.

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Por su parte, el Decreto-Ley 36, modificativo de la Ley 105 de la Seguridad Social estimula la permanencia y reincorporación de los jubilados por edad y establece que, con 45 años de trabajo, cuando el individuo labore por otros cinco años tiene derecho a que se le incremente la pensión por encima del 90 por ciento aprobado.

En igual línea se mueve el Decreto 39, que modifica el procedimiento para su contratación, pues podrán ocupar la misma plaza de antes y esta decisión dependerá solo del director de la entidad.


Comentarios  
# Barbaro Martínez 25-05-2021 04:24
Tengo varios años cotizados en esta modalidad con la máxima cuantía . Se tendrá en cuenta, o tendré que empezar de cero ?.

Brmh
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