COVID-19 en Ciego de Ávila: Sin dar lugar a la impunidad

Cuando las actitudes irresponsables de algunos ponen en riesgo la salud de los demás miembros de la sociedad, al propagar una enfermedad altamente contagiosa e invisible como la COVID-19, no dejan otra pauta a las autoridades que la tolerancia cero ante lo excepcional de la presente situación.

Por esos caminos de impartir justicia en medio de la actual realidad epidemiológica, los expedientes abiertos y las sanciones impuestas de diverso tipo hablan de hacer valer el peso de la ley en pos del bien común. La Fiscalía Provincial de Ciego de Ávila, hasta el cierre del 28 de abril, había tramitado 277 denuncias, de ellas 216 vinculadas al delito de propagación de epidemias al incumplir con las normativas del Ministerio de Salud Pública.

Karel Roberto Alonso Rodríguez, fiscal jefe del Departamento de Procesos Penales en la provincia, en comparecencia en una revista especial de la Televisión Avileña explicó que la mayor parte de estas transgreden lo establecido en el Artículo 187.1 del Código Penal cubano.

Los municipios más incididos son el cabecera con 152 denuncias y Morón con 52, le siguen en ese orden Primero de Enero y Bolivia, territorios que a pesar de ser de los menos afectados con la enfermedad en predios avileños, llaman la atención por el nivel de enfrentamiento a conductas que pueden propiciar la propagación del nuevo coronavirus SARS-CoV-2.

Entre las principales violaciones se encuentran aquellas vinculadas al uso del nasobuco, no guardar la distancia entre personas, la formación de grupos, disturbios en las colas para comprar artículos de primera necesidad y el comportamiento negativo por parte de los ciudadanos ante los agentes de la Policía u otras autoridades que intervienen en el enfrentamiento a la pandemia.

Al respecto, Alonso Rodríguez señaló que las medidas sanitarias no solo son las dictadas por el país, sino también las establecidas por la provincia, el municipio o localidad de acuerdo con su particular realidad epidemiológica.

“Hemos tratado de agotar todas las opciones que ofrece la ley para llegar al tribunal solo en última instancia, es por eso que la mayoría de los hechos se han resuelto con multas administrativas de hasta 3 000 pesos en procesos sumarios y hasta 7 000 pesos en procesos ordinarios, como lo recoge el Artículo 8.3 del Código Penal”, refirió el fiscal jefe del Departamento de Procesos Penales.

No obstante, comentó que a partir de actitudes reincidentes de ciudadanos en violar las medidas establecidas, se han remitido hasta la fecha 13 denuncias a vistas de juicio oral, que en todos los casos fueron sancionados con penas severas de privación de libertad desde seis meses hasta tres años.

Se han registrado 34 hechos de enfrentamiento a las autoridades, que incluye la agresión física, verbal, desobediencia y otro grupo de conductas inadecuadas.

Uno de los casos que actualmente se encuentra en la Fiscalía para despacho es el de un ciudadano que incurrió en el delito de atentado al ser requerido en varias ocasiones por los agentes del orden público por ingerir bebidas alcohólicas, tener música alta y no usar la mascarilla sanitaria en los bajos del edificio Doce Plantas en la cabecera provincial.

Acerca del ocultamiento de síntomas o el falseo de información en las pesquisas sanitarias o en la apk Pesquisador Virtual, el fiscal dijo que pueden considerarse como delitos debido al riesgo de contagio de la enfermedad para las familias y la sociedad.

También constituyen acciones sancionables por la ley, inclusive con agravantes por la situación actual que transcurre el país, el incurrir en hurto, acaparar artículos de primera necesidad, la malversación o desvío de recursos en centros de producción de alimentos o vinculados a la Salud Pública.


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