La comercialización de alimentos en mal estado desprotege al consumidor, y puede generar consecuencias para su salud y su bolsillo
En la agotadora y diaria tarea de encontrar la merienda de su hijo, a mi amigo Juan un vendedor ambulante le ofreció un paquete de salchichas de pollo a 250.00 pesos. No dudó en adquirirlas, porque los mismos 420 gramos “aparecen” en cualquier otro sitio a un precio mucho mayor.
Pensó entonces que se llevaba el gato al agua —en este caso, a la cocina—, pero el entusiasmo duró muy poco. Al instante de romper la envoltura del alimento, encontró en él puntos negros y, cuando leyó la fecha de vencimiento —algo en lo que, confiesa, nunca se ha detenido—, supo que “sus salchichas”, desde hacía dos semanas, estaban caducadas.
Maldijo a las cien mil vírgenes y lamentó no haberse fijado en ese detalle. Ahora su problema se agravaba, no tenía salchichas ni cómo comprar “algo” que acompañara la merienda de su adolescente y practicante de judo, que demanda una dieta alta en carbohidratos. Tampoco sabía a quién reclamarle, no conocía al vendedor, ni dónde encontrarlo.
Lo que le sucedió a Juan no es un caso aislado. ¿Cuántas veces hemos consumido alimentos industrializados sin detenernos en su información nutricional? Las fechas de vencimiento indican el plazo en el que el fabricante establece como seguro su consumo, bajo determinadas condiciones de almacenamiento y conservación. Mas, pocas veces nos detenemos en ellas.
Las consecuencias de ingerirlos, pasados esos términos, podrían ser potencialmente peligrosas e incluyen el riesgo de intoxicación alimentaria por la posibilidad de contener bacterias, virus o toxinas, y la pérdida del valor nutricional.
Y podría entonces parecer que el principal responsable es el consumidor, pero las obligaciones incluyen a otros. En una realidad en la que la preocupación primera es encontrar el alimento al precio más “razonable”, no faltará quien considere secundario detenerse a analizar el contenido de grasas, azúcares o la fecha de vencimiento de un producto. Pero sí, hay que hacerlo, aunque no estemos acostumbrados, mucho más ahora que el comercio minorista se ha diversificado, y nuevos actores económicos importan y venden productos industrializados.
Ante todo, el comerciante está en el deber de expender alimentos en estado óptimo, aunque no siempre ocurre así. Tampoco organismos y entidades estatales, que tienen bajo su encargo velar por el control de la inocuidad, logran asumir, al pie de la letra, su encomienda. ¡Faltan muchísimas manos y ojos para la tarea!
Un claro ejemplo lo ilustra: la mayoría de las incidencias de ventas de productos alimenticios en mal estado llegan al Departamento de Nutrición e Higiene del Centro Provincial de Higiene, Epidemiología y Microbiología, a través de las quejas de los ciudadanos y no como resultado de las inspecciones periódicas.
Al cierre del pasado año, allí apenas contaban con 134 inspectores sanitarios estatales, una cifra insuficiente para llegar, de manera periódica, a 57 micro, pequeñas y medianas empresas privadas dedicadas a la elaboración y comercialización de alimentos; y a otros 5374 trabajadores por cuenta propia que se desempeñan en la actividad de alojamiento y servicios de comida. Asimismo, ha crecido mucho el mercado informal, muy difícil de controlar.
Pero lo que le pasó a mi amigo Juan no viene en engrosar la lista de culpas que, a veces, le inoculamos solo a las nuevas formas de gestión. También en establecimientos recaudadores de divisas se expendieron, alguna que otra vez, alimentos vencidos o en mal estado.
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Posted by Protección al Consumidor. Mincin Cuba on Monday, September 25, 2023
Por lo general, del proveedor al consumidor intermedian muchas manos que no solo encarecen los productos, sino que dilatan el tiempo en que los alimentos permanecen en el mercado, y se hace necesario, además, regular cuestiones fundamentales, entre ellas las condiciones de almacenamiento y venta; que algunos, como los congelados, por ejemplo, no pierdan la cadena de frío, o que el calor deteriore las propiedades organolépticas, tal cual le sucedió a la cerveza Parranda en diciembre último.
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¿Quién vela entonces por eso? ¿Cómo se regula que los alimentos artesanales estén correctamente elaborados y posean la información nutricional, y las fechas de producción y vencimiento? ¿Cómo pasamos de la letra a la acción?
Sobran las normativas que regulan este tema. Desde la Resolución 54 de Protección al Consumidor (2018), los decretos 272 y 45 Sobre la inocuidad de los alimentos, pasando por el Decreto 30, del año 2020, y el Registro Sanitario de Alimentos, Cosméticos, Juguetes y Otros productos de interés sanitario, que edita el Instituto Nacional de Higiene, Epidemiología y Microbiología. Lo que falta es exigir su cumplimiento.