¿Basta con nuevos poderes?

La gradual competencia de los respectivos Consejos de la Administración para aprobar nuevos actores económicos en los municipios donde ejercen, demanda análisis casuísticos, realismo y profundidad en cada decisión

nuevos poderesTomada de https://micubitas.wordpress.com Por estos días y de modo gradual, un cambio que implica un giro radical en las decisiones locales tiene lugar en Cuba, luego de la entrada en vigor del Decreto Ley 88 del Consejo de Estado, que regula la creación, funcionamiento y extinción de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).

Al cabo de 30 días de su publicación en la Gaceta Oficial Ordinaria número 78 de la República de Cuba, el pasado 19 de agosto, la normativa entró en vigor, y con ella, transcurre la progresiva descentralización de la aprobación de las mipymes y las cooperativas no agropecuarias, competencia que en 16 municipios del país, el de Ciego de Ávila entre ellos, ya corre a cargo del respectivo Consejo de la Administración Municipal (CAM).

A tenor de la letra de la Sección Segunda del Capítulo II, del mencionado Decreto Ley, los CAM “autorizan la creación de las mipymes privadas y su objeto social observando los plazos y requisitos que para ello se establecen (…), en las disposiciones normativas vigentes y siempre que se encuentren en correspondencia con las estrategias de desarrollo municipal, solucionen otras necesidades del municipio o respondan a prioridades económicas y sociales del país”.

No resulta muy complejo entender que la designación de municipios pilotos en todas las provincias y el municipio especial Isla de la a Juventud, previamente seleccionados y con varias sesiones de preparación para el personal escogido, obedece a la complejidad y repercusión del asunto y al hecho de que las decisiones de este tipo no pueden ser fruto del voluntarismo o la improvisación, puesto que tienen que asentarse una verdadera cultura económica, a partir de una consecuente formación profesional y experiencia que redunde en saberes y en acuerdos que, a la postre, despejen los caminos del desarrollo territorial.

¿Qué ha pasado hasta el momento, cuando la facultad de la aprobación ha estado, desde arriba, a cargo del Ministerio de Economía y Planificación (MEP)? “Cada vez que se aprobaba un nuevo actor económico en el caso de las provincias, y en el caso concreto del municipio donde iba a radicar, nos enterábamos de último”, reflexionaba recientemente Anisley Gómez Rodríguez, directora de Desarrollo territorial en Ciego de Ávila.

Está claro que la concesión paulatina de competencias para que el CAM se encargue de la aprobación de los nuevos actores económicos no puede caer del cielo, es preciso que sus integrantes, a saber no solo el intendente del municipio, sino también el resto de la membrecía: los vice intendentes, el secretario y otros miembros no profesionales, estén capacitados y preparados para una misión de esta complejidad, al punto de ser capaces de interpretar e interiorizar con sentido realista y práctico las necesidades económicas y las prioridades de desarrollo que se definen en la respectiva Estrategia de desarrollo municipal que, dicho sea de paso, no puede desembocar en burocrática letra muerta, sino todo lo contrario, pues al CAM corresponde implementarla, evaluarla y actualizarla de forma articulada con los intereses provinciales y nacionales.

A unas horas del cambio, Ciego de Ávila archivaba 114 solicitudes de nuevos actores económicos, 65 de ellos radicados en la cabecera provincial. La aprobación de estos —y la de tantos otros que se multiplicarán en el tiempo—, será de la gradual competencia de los CAM, una competencia de la que dimanan retos y respuestas cuya efectividad podrá ser confirmada, o no, por los electores. En otras palabras: no basta con nuevos poderes, habrá que ejercerlos mediante análisis casuísticos, realismo y profundidad en cada decisión; a la altura de las acuciantes necesidades del escenario social y económico donde se gobierna por mandato del pueblo.

• Lo que dice la Ley 139. De la organización y funcionamiento del Consejo de la Administración Municipal

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