Cuba realizó este domingo la Prueba Dinámica en todo el país para comprobar los aseguramientos necesarios y las condiciones en los locales donde habitualmente sesionan las Asambleas Municipales del Poder Popular de cara a las elecciones de gobernadores y vicegobernadores, previstas para el próximo domingo 28 de mayo.
En declaraciones recientes, Alina Balseiro Gutiérrez, presidenta del Consejo Electoral Nacional (CEN), informó que ese día las 167 asambleas municipales del país, exceptuando el municipio especial de Isla de la Juventud, donde se designa un intendente, se reunirán para desarrollar en ellas las votaciones.
Según su explicación, la formulación de las propuestas a ocupar estos cargos corresponde al Presidente de la República, cuya información pertinente (fotografías y biografías) serán puestas a disposición de los delegados municipales con 72 horas de antelación al ejercicio, conforme a lo establecido por la Ley.
Precisó que estos actos estarán encabezados por los presidentes de los Consejos Electorales Municipales, los cuales participarán en los escrutinios y transmitirán la información a las instancias provinciales encargadas de realizar el cómputo final de los comicios.
La Constitución de la República recoge en su Artículo 175 que la figura del Gobernador es elegida por los delegados de las asambleas municipales del Poder Popular correspondientes, a propuesta del Presidente de la República, por el período de cinco años y de conformidad con el procedimiento establecido por la Ley.
Para ese puesto, define a continuación la Carta Magna en su artículo 176, se requiere ser ciudadano cubano por nacimiento y no tener otra ciudadanía, haber cumplido 30 años de edad, residir en la provincia y hallarse en el pleno goce de los derechos civiles y políticos.
Aclara el texto constitucional, en su Artículo 180, que el Vicegobernador es elegido de la misma forma, por igual período y se le exigen iguales requisitos que al Gobernador.