Lo justo y lo necesario

Siete meses hace que el expediente del aumento de la jubilación de Pedro de la Gala González (76 años y vecino del edificio No. 31, apartamento 5, en Vista Hermosa, en la cabecera provincial) fue enviado al Instituto Nacional de Asistencia y Seguridad Social (INASS) y todavía no le dan una respuesta.

En la carta remitida a esta sección, Pedro detalla el vía crucis de su trámite, que se generó luego de que, en noviembre de 2022, cuando le notificaron un aumento en el monto de su pensión por retiro laboral, notara que los cálculos no eran correctos.

Para hacer la reclamación, cuya respuesta aún no recibe, hubo de esperar a que en febrero de 2023 le entregaran su expediente. Se dirigió al INASS municipal, presentó su queja formal y esta se envió a la instancia provincial el 15 de marzo. Allí asentaron el registro de salida hacia el nivel nacional un día después. Desde entonces espera.

Además de la demora, a Pedro le preocupan tres cuestiones fundamentales, relacionadas con la manera en que se tramitan las jubilaciones y la calidad de este proceso. “En mi primer retiro, después de cumplir los 60 años de edad, me faltaron por cuantificar cuatro años de trabajo. En el expediente nacional aparecen las fechas desde el 30/06/1974 hasta 31/12/1979 y desde el 01/01/1984 hasta 12/06/2008, haciendo los 30 años que aparecen en el retiro.

“Pero dentro del propio expediente en mi poder, aparece la tarjeta SNC del ISACA, donde trabajé desde el 15/09/1978 hasta el 15/10/1980 y en la Empresa Cañera Protesta de Baraguá, donde laboré desde el 16/10/1980 hasta el 06/01/1984. Como se puede apreciar en estas dos tarjetas están recogidos estos cuatro años de trabajo. Estas tarjetas fueron enviadas dentro del expediente con la reclamación correspondiente”.

Una segunda inconformidad tiene que ver con el cálculo de los años de trabajo después de reincorporado al mismo. Según relata en su misiva, la especialista del INASS encargada de procesar todas las documentaciones y reclamaciones para el retiro laboral en el municipio de Ciego de Ávila, le recomendó buscar un documento emitido por el centro laboral donde se consignaran las utilidades devengadas en 2020 y 2021, con firma y cuño de todos los responsables. “Este documento se entregó con el expediente y no se tuvo en cuenta”, reclama.

Por último, Pedro se refiere a la prerrogativa amparada por el “Decreto Ley 36, modificativo de la Ley 105 de 2008, que regula los subsidios y pensiones plantea que pueden alcanzar hasta el 90 por ciento del salario promedio calculado cuando se acumulan más de 45 años trabajados”.

Sumando los 30 años de servicios, avalados por el retiro, los cuatro que están en reclamación y los 13 años y 8 meses que ha trabajado después del primer retiro, totalizaría 47 años y 8 meses de trabajo. Un hombre que ha aportado tanto durante toda su vida merece lo justo y lo necesario.


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