Ciego de Ávila: Sancionan incumplimientos frente la COVID-19

Si la responsabilidad individual no alcanza los órganos facultados actúan

El cumplimiento del plan nacional para enfrentar la expansión del Sars-CoV-2 y la enfermedad que causa (COVID-19), ha insistido el Presidente de la República Miguel Mario Díaz Canel, descansa en la responsabilidad individual y de las administraciones. Pero cuando la conciencia no alcanza y el apego a lo dispuesto falla, hay que cortar de raíz esas otras “cadenas de transmisión”.

Los garantes de anticipar, verificar y sancionar conductas y procederes de riesgo ya desde antes de que se detectara la presencia del nuevo coronavirus en la provincia estaban trabajando. De ahí que no sorprenda a nadie que hasta el 31 de marzo solo la Dirección Integral de Supervisión (DIS) en Ciego de Ávila realizara 3727 inspecciones.

Evaristo González Camacho, director provincial de la DIS confirmó el número y lo tradujo en otras cifras que expresan el enfrentamiento: 1862 multas impuestas por valor de 794 165.00 pesos; 813 advertencias; 22 licencias para ejercer el trabajo por cuenta propia retiradas (relacionadas en lo fundamental con la violación de los precios).

Todo esto con el 80 por ciento de la fuerza de inspección bajo su mando, pero en relación estrecha con los grupos de enfrentamiento municipales. Se reiteran el acaparamiento y reventa de productos de primera necesidad, y la violación de precios establecidos como las contravenciones más comunes, aunque el radio de acción de la DIS incluye no solo a los cuentapropistas, sino al resto de las entidades estatales de la provincia.

Otros apercibimientos tuvieron que ver con la indicación de usar nasobuco y la utilización de soluciones cloradas o alcohólicas para desinfectar el acceso a los locales.

Por su parte, la Fiscalía Provincial, hasta el 2 de abril, había radicado 20 casos, 11 de los cuales se procesaron como delito de propagación de epidemias, sancionado en el artículo 187 del Código Penal. Por lo general, se ha tratado de personas que violaron la indicación de aislamiento, una conducta en extremo irresponsable por cuanto nadie lleva un cartel en la frente diciendo si es positivo al virus.

 tabla

De acuerdo con Karell Alonso Rodríguez, Fiscal Jefe del Departamento de Procesos Penales de la Fiscalía de Ciego de Ávila, a todos los casos, en los que además se contabilizan delitos de atentado (enfrentamiento a las autoridades sanitarias, policiales o de inspección) y actividad económica ilícita, se les dio tratamiento administrativo severo, mediante la imposición de multas por valor de entre 1000 y 3000 pesos.

Otras preocupaciones de la población relacionadas con las aglomeraciones en colas y la baja percepción del riesgo en algunos conciudadanos han sido recepcionadas mediante la Línea Única de la Fiscalía.

Alonso Rodríguez explicó que los órganos de control han recibido preparación en cuanto a las disposiciones jurídicas y normas sanitarias, porque en términos legales el artículo 187 del Código Penal es lo que se conoce como una norma penal en blanco, es decir, remite directamente a otras regulaciones.

De ahí que hoy se trabaje en concordancia con lo estatuido en el Reglamento Sanitario Internacional de la Organización Mundial de la Salud, la Ley 41 de 1983 Ley de Salud Pública; el Decreto Ley 54 de 1982 y su reglamento, así como la muy reciente Resolución 24 de 2020 de la Fiscalía General de la República, rectora de la actuación de la Fiscalía en situaciones de emergencia como la que estamos viviendo.

• En territorios como Sancti Spíritus, Camagüey y Villa Clara también se han sancionado casos de incumplimientos a las disposiciones nacionales y provinciales